3/26/2018

Hablando de Reglamentos...


A muchos nos sorprendió esta semana la designación de Rapahel Claus en el duelo entre Cruzeiro y Vasco da Gama, dos equipos brasileños por un tema reglamentario del pasado. ¿Qué dice el reglamento ahora? ¿Que precauciones deberíamos tener?



Contextualicemos un poco: ¿se acuerdan del Boca-River del gas pimienta en octavos de final de la Libertadores? Bueno, tras ese incidente, al año inmediatamente siguiente se le añadió una cláusula al reglamento que establecía una prohibición de árbitros locales dirigir duelos entre equipos del mismo país.

Bueno, ese aparte ya no se encuentra más en el reglamento que publicó la CONMEBOL para esta nueva edición torneo, por lo cual, la designación realizada por el comité de árbitros es completamente ajustada a las normas que ellos mismos imponen.

Llegará entonces el debate: ¿era útil esa regla? ¿evitó más escándalos? ¿cuál fue su verdadero beneficio?
En mi opinión sí era útil, pues tener un árbitro local le quitaba suspicacias a los equipos por errores del pasado en las competiciones locales y obligaba a tener una designación que de una u otra forma era menos polémica y tenía menos repercusiones.
Ahora, ya sin la regla esperaría que Conmebol volviera a aprovechar para impulsar a árbitros locales con poco recorrido en el ámbito internacional, acostumbrándolos a juegos de características diferentes con equipos que ya conocen, siendo estos partidos unos de sus primeros pasos en torneos Conmebol como solía ser en la primera década de los años 2.000.

Sin embargo, de ese estudio del reglamento sale una preocupación gigante por las repercusiones que podría tener un caso en específico si se llega a dar, por más que se espera el comité de árbitros tenga la inteligencia suficiente para no entrar en ese vació legal. El documento establece lo siguiente sobre la designación de árbitros:

Art. 155 Cada partido será dirigido por un árbitro y dos árbitros asistentes de una misma Asociación Miembro, y un cuarto árbitro, todos integrantes de la lista internacional de la FIFA y designados por la Comisión de Árbitros de la CONMEBOL.

Según el reglamento no existe ningún impedimento para que un árbitro dirija a un equipo de su país contra otro equipo de un país diferente. Es decir, que a la luz del reglamento, es completamente válido que Néstor Pitana dirija un Boca Juniors vs Palmeiras o Sandro Ricci un Flamengo vs River Plate, por dar algunos ejemplos.
¡Un esperpento y un vacío legal que yo preferiría no tener, dada la temeridad del comité para tomar algunas decisiones!

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